Vehículos admitidos.

Todos los vehículos matriculados antes del 18 de septiembre de 1979 (25 años) que estén legalmente autorizados a circular, incluyendo seguro e ITV en vigor. Deberán estar además equipados con un extintor de al menos 1 kg. Los vehículos deberán además presentar un buen estado de conservación.

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